


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley 1564 de 2012
Artículo 244. Documento auténtico. Es auténtico un documento cuando existe certeza sobre la persona que lo ha elaborado, manuscrito, firmado, o cuando exista certeza respecto de la persona a quien se atribuya el documento.
Los documentos públicos y los privados emanados de las partes o de terceros, en original o en copia, elaborados, firmados o manuscritos, y los que contengan la reproducción de la voz o de la imagen, se presumen auténticos, mientras no hayan sido tachados de falso o desconocidos, según el caso.


Ministerio de hacienda y crédito público
Decreto 2242 del 24 de Noviembre de 2015
ARTÍCULO 3 Literal d.
Incluir firma digital o electrónica como elemento para garantizar autenticidad e integridad de la factura electrónica desde su expedición hasta su conservación, acuerdo con Ley 962 de 2005 en concordancia con la Ley de 1999, el Decreto 2364 1 el Decreto 333 de 14 y las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, y de acuerdo con la política de firma que establezca la DIAN.
UNIDADES NACIONALES DE GESTIÓN





